Cómo calcular el costo de las escrituras
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En artÃculo anterior escribà sobre las escrituras que surgen de un cierre tÃpico. Te dije que en ese cierre que he llamado tÃpico surgen seis escrituras o instrumentos. Tres escrituras las paga el vendedor ( original de compraventa, original y copia de la cancelación de la hipoteca ) y tres el comprador (copia certificada de compraventa, original y copia de contitución de hipoteca ). Hoy te indico los gastos asociados a esas escrituras y cómo calcularlos.
Gastos asociados a la otorgación y presentación de escrituras
Durante la otorgación y presentación de escrituras se pagan:
- Honorarios del notario.
- Sellos de rentas internas.
- Comprobantes de presentación.
Ahora bien, si la escritura es original o copia se pagan partidas diferentes:
- Los originales de compraventa, de constitución y cancelación de hipotecas pagan: honorarios, sellos de rentas internas, sellos para la Sociedad de Asistencia Legal y el impuesto notarial
- Las copias certificadas pagan: honorarios, sellos de rentas internas, sellos para la Sociedad de Asistencia Legal , impuesto notarial y comprobantes de presentación.
Cómo calcular los honorarios notariales
La Ley Notarial establece que el notario cobrará honorarios de la siguiente manera:
- Si la compraventa, hipoteca o cancelación es de $10,000 – $5,000,000. los honorarios notariales fijados serán establecidos por acuerdo entre las partes y el notario, pero nunca serán mayor del uno por ciento ni menor del medio por ciento (.5%) del valor de la transacción.
- Cuando (casos de vivienda de nueva construcción y en los de refinanciamiento) una parte otorgue más de un instrumento en una misma transacción ante el mismo notario: este puede cobrar honorarios por el de mayor valor y por los demás, la mitad de lo dispuesto, disponiéndose que la suma nunca sera mayor que el 1% del de más valor.
- En una compraventa de vivienda existente: se puede facturar entre el 1% y el .5% en cada instrumento, no importa el número de instrumentos a ser autorizados.
Cómo calcular los sellos de rentas internas
Todo original de escritura de compraventa, cancelación o constitución de hipoteca cancela sellos de rentas internas de esta manera: $2.00 por los primeros mil y $1.00 por cada mil adicional de la cantidad especificada en el documento.
Cómo calcular los sellos de asistencia legal
Las escrituras de constitución y cancelación hipoteca cancelan sellos en favor de la Sociedad de Asistencia Legal de esta manera: en el original, $5.00 y en las copias certificadas, $2.50, por cada $50,000.00 del valor de compraventa, cantidad de hipoteca o cantidad original del pagaré a cancelar.
Cómo calcular el impuesto notarial
El impuesto notarial se paga en todas las escrituras y es de $1.00
Cómo calcular las copias certificadas
Todas las copias certificadas de escrituras por la cantidad de $10,000 – $500,000 paga $25.00.
Cómo calcular los gastos de presentación e inscripción al Registro de la Propiedad
El Registro de la Propiedad establece que al presentar escrituras se cancelarán sellos de rentas internas de la siguiente manera: $50.00 por los primeros $25,000. y $4.00. por cada mil dolares adicionales.
Además, toda escritura debe ir acompañada de un comprobante de presentación que cuesta $10.00. y un sello de $ 0.50.
La tabla recoge de manera sencilla los gastos correspondiente a las escrituras:
Hay varias excepciones y cualificaciones que no he querido tratar en este artÃculo. Lo aqui contenido aplica a escrituras por más de $50,000., y de menos de $5,000,000., que no son de interés social y que son presentadas al Registro de la Propiedad. Para detalles sobre los honorarios del notario y los sellos relacionados pueden ir a las Leyes de Puerto Rico Anotadas en 4 LPRA 821.
El Lcdo. Francisco Medina cooperó desinteresadamente en la redacción de este post. Muéstrenle su apoyo escribiéndole a francisco.medina.pr@gmail.com o llamándolo al 787-402-2658. Mi amiga @meetbits, me proporcionó copia de la Ley núm. 101 de 1943 y sus enmiendas. ¡Gracias!








Como calcular los gastos asociados a las escrituras de compraventa e hipoteca:
En artÃculo anterior escribà sobr… http://bit.ly/8jwmbJ
17 diciembre 2009 at 6:13 am