Quién paga los gastos legales de la compraventa
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El dÃa del cierre hay gastos legales estrÃctamente asociados con la escrituras de compraventa y de hipotecas. En este artÃculo, te indicaré cuáles son las escrituras que se producen en el cierre, qué gastos estan asociados con ellas y cuáles de éstos, le corresponden al dueño o al comprador.
En un cierre tÃpico se producen tres escrituras originales y tres copias certificadas
En un cierre tÃpico se producen seis escrituras. Por tÃpico me refiero a la transacción que se da entre un vendedor que tiene una hipoteca que cancelar para vender y el comprador que obtiene una hipoteca mediante financiamiento. En este cierre se producen:
1. La escritura de compraventa, donde se transfiere el titulo de la propiedad.
2. La escritura de constitución de hipoteca, donde se crea una hipoteca nueva a nombre del comprador.
3. La escritura de cancelación de hipoteca, donde se cancela la hipoteca existente a nombre del vendedor.
Los originales de estas escrituras permanecen con el notario despues de otorgadas y pasan al protocolo del notario. Al registro de la propiedad se presentan copias certificadas de cada una de las escrituras mencionadas. Este trámite genera por tanto, tres originales de escrituras y tres copias certificadas.
Cada escritura es un instrumento aparte
Las escrituras se conocen como instrumentos y cada una, tanto las de compraventa, como las de constitución de hipoteca o cancelación, asà como las copias certificadas de ellas, paga honorarios, sellos y comprobantes por separado y bajo criterios diferentes. Es decir, se paga por los originales de la compraventa, de la cancelación y por la de constitución de hipoteca y por las copias certificadas de cada una de ellas.
Gastos asociados a la otorgación de escrituras
Durante la otorgación de las escritura de compraventa o de hipotecas incurres en los siguientes gastos:
Honorarios del notario: Este es el sueldo del notario, lo que cobra por sus servicios.
Sellos de rentas internas: Las escritura se acompaña de sellos de rentas internas para pagar la inscripción de las escrituras, una contribución a la sociedad de asistencia legal, el impuesto notarial y otros cargos.
Comprobantes de presentación: Esta es una plantillita que acompaña las escrituras al presentarlas en el registro y por la cual se paga.
Quién paga los gastos de las escrituras durante la compraventa
El Código Civil establece que, salvo “pacto en conmtrario” el dueño paga: honorarios, sellos del original de la escritura de compraventa y todos los gastos asociados con la cancelación de la hipoteca existente. Al comprador le corresponden: los gastos de inscripción de la escritura, gastos por un original certificado de la misma escritura de compraventa y todos los gastos asociados con la constitución de una nueva hipoteca.
Resumiendo:
El dueño pagará por: el (1) original de la compraventa, (2) original de la cancelación de la hipoteca existente y por, la (3) copia certificada de esta última que irá al registro de la propiedad.
El comprador pagará por: la (4) copia certificada de la compraventa (para presentarla al registro de la propiedad y publicar su tÃtulo), por el (5) original de la escritura de escritura de constitución de hipoteca y por la (6) copia certificada de de la constitución de hipoteca que ira al registro para publicar su deuda.
Como ves, seis partidas correspondientes a seis instrumentos. En el proximo articulo te desgolsaré en detalle que se paga en cada escritura.




