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Quién paga los gastos legales de la compraventa

José 11 diciembre 2009 Asuntos Legales, Bienes Raíces, Info-compradores, Info-vendedores Visitas: 695 View CommentsImprime este post Imprime este post Envia este post Envia este post Share/Bookmark Copyright Jose Ramirez

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El día del cierre hay gastos legales estríctamente asociados con la escrituras de compraventa y de hipotecas. En este artículo, te indicaré cuáles son las escrituras que se producen en el cierre, qué gastos estan asociados con ellas y cuáles de éstos, le corresponden al dueño o al comprador.

En un cierre típico se producen tres escrituras originales y tres copias certificadas

En un cierre típico se producen seis escrituras. Por típico me refiero a la transacción que se da entre un vendedor que tiene una hipoteca que cancelar para vender y el comprador que obtiene una hipoteca mediante financiamiento. En este cierre se producen:

1. La escritura de compraventa, donde se transfiere el titulo de la propiedad.

2. La escritura de constitución de hipoteca, donde se crea una hipoteca nueva a nombre del comprador.

3. La escritura de cancelación de hipoteca, donde se cancela la hipoteca existente a nombre del vendedor.

Los originales de estas escrituras permanecen con el notario despues de otorgadas y pasan al protocolo del notario. Al registro de la propiedad se presentan copias certificadas de cada una de las escrituras mencionadas. Este trámite genera por tanto, tres originales de escrituras y tres copias certificadas.

Cada escritura es un instrumento aparte

Las escrituras se conocen como instrumentos y cada una, tanto las de compraventa, como las de constitución de hipoteca o cancelación, así como las copias certificadas de ellas, paga honorarios, sellos y comprobantes por separado y bajo criterios diferentes. Es decir, se paga por los originales de la compraventa, de la cancelación y por la de constitución de hipoteca y por las copias certificadas de cada una de ellas.

Gastos asociados a la otorgación de escrituras

Durante la otorgación de las escritura de compraventa o de hipotecas incurres en los siguientes gastos:

Honorarios del notario: Este es el sueldo del notario, lo que cobra por sus servicios.

Sellos de rentas internas: Las escritura se acompaña de sellos de rentas internas para pagar la inscripción de las escrituras, una contribución a la sociedad de asistencia legal, el impuesto notarial y otros cargos.

Comprobantes de presentación: Esta es una plantillita que acompaña las escrituras al presentarlas en el registro y por la cual se paga.

Quién paga los gastos de las escrituras durante la compraventa

El Código Civil establece que, salvo “pacto en conmtrario” el dueño paga: honorarios, sellos del original de la escritura de compraventa y todos los gastos asociados con la cancelación de la hipoteca existente. Al comprador le corresponden: los gastos de inscripción de la escritura, gastos por un original certificado de la misma escritura de compraventa y todos los gastos asociados con la constitución de una nueva hipoteca.

Resumiendo:

El dueño pagará por: el (1) original de la compraventa, (2) original de la cancelación de la hipoteca existente y por, la (3) copia certificada de esta última que irá al registro de la propiedad.

El comprador pagará por: la (4) copia certificada de la compraventa (para presentarla al registro de la propiedad y publicar su título), por el (5) original de la escritura de escritura de constitución de hipoteca y por la (6) copia certificada de de la constitución de hipoteca que ira al registro para publicar su deuda.

Como ves, seis partidas correspondientes a seis instrumentos. En el proximo articulo te desgolsaré en detalle que se paga en cada escritura.

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  1. Quién paga los gastos legales de la compraventa:
    El día del cierre hay gastos legales estríctamente asociados c… http://bit.ly/79STGT

  2. Otro post!!! Quién paga los gastos legales de la compraventa | vive en san patricio! http://bit.ly/920N3m

  3. [...] artículo anterior escribí sobre las escrituras que surgen de un cierre típico. Te dije que en ese cierre que he llamado típico surgen seis escrituras o instrumentos. Tres [...]

  4. Muchas gracias por información tan útil y bien desglosada. Sólo tengo una observación y es que la palabra es “otorgamiento”, no “otorgación”. Aparte de ese detalle, lo demás está excelente y fácil de digerir. Muchas gracias.

  5. Gracias mil por el comentario y la correccion.

  6. Para eso es este blog, para ayudar. Gracias a ti por leer y comentar!

  7. Muchas Gracias, Fue de mucha ayuda,
    Gracias

  8. Para eso es este blog, para ayudar. Gracias a ti por leer y comentar!

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